ESCUELA Nº 7 “GDOR. GRAL.
RICARDO LOPEZ JORDAN”
CICLO LECTIVO 2014.
ACUERDO ESCOLAR DE
CONVIVENCIA
El
siguiente acuerdo escolar de convivencia está confeccionado bajo la
reglamentación vigente Res 1692/09 en el marco de la Res Nº 93/09CFE. Ley
Nacional 26.206. Ley Provincial 9890.
Introducción
Las
Instituciones Escolares resultan en “organizaciones complejas”, pobladas de
personas que cumplen distintas funciones, y que tienen historias, identidades,
perfiles, formaciones, expectativas, roles, etc., diferentes, por lo que resultan frecuentes
“constantes situaciones de conflictos”, en tal sentido los AEC, surgen como
herramientas para “prevenir, resolver y contener situaciones conflictivas que
se puedan generar de esta convivencia diaria”
El
siguiente Acuerdo Escolar de Convivencia es el resultado de un proceso de
apertura, consulta, escucha y debate con respeto y reflexivamente de todos los
actores de la comunidad educativa,
en un marco de “revisión y ajustes constantes”, a modo de adaptarlo a los
distintos “escenarios escolares”
Esto es importante
ya que los procesos de comunicación facilitan la comprensión del presente de la
dinámica intercultural y las diferencias. De esta manera se solucionaran
conflictos y ayudara a una mejor convivencia.
Fundamentación.
La Escuela “construye este AEC” en el
marco de la “autonomía conferida por la RG 1692/09 CGE”, en cumplimiento y
adhesión a la normativa vigente expresada en la Constitución Nacional,
Constitución Provincial, Leyes, Decretos, Resoluciones, Disposiciones y
Similares promulgadas tanto por los Poderes Legislativos como Ejecutivos, ya
sea de rango nacional y/o provincial y/o departamental.
El Acuerdo Escolar
de Convivencia tiene como meta la adecuación de los estilos de convivencia
escolar a los requerimientos de la sociedad actual, en consecuencia apunta a
plantearse la convivencia como un proyecto flexible y capaz de retroalimentarse
creativamente a través del aporte y cuestionamiento de todos los interrogantes
de la comunidad educativa.
Todas las
interrelaciones están orientadas a un logro: la formación integral de personas
capaces de funcionar como contracultura frente a la pérdida progresiva de
valores, esta formación propiciara un mejor rendimiento de cada uno de los
actores institucionales, a través de una convivencia contenedora, no expulsiva,
donde se valore la riqueza de lo diferente, la no violencia, el amor, la
cooperación, la confianza, la justicia, el respeto y la responsabilidad, el
poder escuchar, aceptar, compartir y comprender al otro.
Resulta relevante la “construcción
colectiva/revisión periódica” de este AEC, a modo de “generar un compromiso
mayor en todos los actores institucionales en cuanto a su compromiso”, para
ello resultaran trascendente las “acciones de comunicación y/u organización”
tendientes a facilitar la información, el intercambio, los espacios, necesarios
para estos abordajes.
Este acuerdo persigue los siguientes objetivos:
Facilitar el cumplimiento de la “función
básica y principal” de la escuela como “agente formal del proceso de enseñanza
y aprendizaje” otorgado por la sociedad.
Ø Promover el
respeto por la vida, la integridad física y moral de las personas siendo el eje
orientador del presente acuerdo normativo de convivencia.
Ø Estimular
el compromiso de todos los integrantes de la comunidad educativa en la “erradicación de todo
tipo de violencia”, sea esta bajo forma de agresión verbal, física o gestual; entendiéndose también por agresiones la
discriminación, la desvalorización y la burla.
Ø Cultivar la
justicia, la verdad, la honradez, la defensa por la paz, el respeto y la
aceptación por las diferencias, la solidaridad, la cooperación y el rechazo a
todo tipo de discriminación.
Ø Generar la
responsabilidad ciudadana, el respeto de los símbolos patrios y el compromiso
social como así también la responsabilidad individual.
Ø Propiciar
actitudes democrático-participativas.
Ø Fomentar el cuidado y
buen uso de toda la infraestructura escolar (edificio, aulas, paredes,
sanitarios, bancos, sillas, libros, material didáctico etc), porque los usamos
diariamente y son de todos.
Campo Normativo
- Para que en nuestra
Institución prevalezca un clima de respeto y confianza, es necesario
implementar las siguientes pautas de convivencia y así alcanzar los
objetivos propuestos:
- No se aceptarán los
maltratos entre sus miembros, insultos, apodos, como tampoco ningún tipo
de violencia: física, verbal, gestual y/o psíquica.
- No serán aceptados
aquellos modales que dificulten la concentración en la actividad áulica y
toda actividad a contra turno.
- Concurrir con uniforme: remera
con el logo de la escuela y/o pollera
y/o jean azul, bombacha de campo beige y/o pantalón de grafa,
bermudas de vestir; a fin de identificarnos como Institución Educativa.
- No se
dañaran y/o ensuciarán los elementos e instalaciones pertenecientes al establecimiento.
- No se aceptaran elementos
que no sean necesarios para la construcción del aprendizaje. La
institución no se hará cargo o responsable de todo elemento personal
ingresado al establecimiento.
- No ingresar y egresar del
establecimiento en motos vehículos con el motor encendido.
Sanciones.
En caso que
transgredan las normas de convivencia
deberán tener en cuenta los siguientes criterios:
1-
contextualizar la transgresión según el rol y las circunstancias.
2-
encontrar alternativas que estimulen un cambio en el alumno como
forma de educar.
3-
ser ecuánime en el juicio, es decir ser neutral.
4-
fijar una gradualidad de
acuerdo al nivel de madurez, la historia particular y la respuesta a
señalamientos anteriores.
5-
permitir el derecho a la defensa del trasgresor, valorizando la
reflexión sobre el error (ya que es un elemento más dentro del proceso de
aprendizaje).
6-
reparar el daño, según sea el orden material o moral, el actor
demostrara su responsabilidad ante el hecho al hacerse cargo de la reparación.
7-
en caso de que al estar cumpliendo con la reparación del daño,
incurriera en una nueva falta, se cancelara automáticamente esa instancia y se
procederá a hacer efectiva la anterior sanción, a la que se le sumaran las que correspondan
a este nuevo hecho.
Acciones Reparadoras:
En aquellos casos en donde el
alumnos “incurra en conductas transgresoras”, que involucren conductas sociales
no acordes al AEC como agresiones físicas y/o verbales a sus compañeros y/o
docentes, destrucción, deterioro, ensuciar deliberadamente elementos de la
Escuela de uso didáctico y/o instalaciones y/o muebles y/u otros bienes
escolares, y otros que considere tales la Institución, determinará la
obligación por parte del alumno de “la realización de acciones reparadoras”,
las que deberán ser determinadas de manera conjunta por los tutores, docentes
y/o preceptores involucrados en el caso, Asesoría Pedagógica y Vice Rectoría,
pudiendo las mismas consistir en la realización de trabajos prácticos de tipo
didáctico pedagógico que lo ayuden a reflexionar acerca de sus conductas,
también pautarle encuentros con tutores y otros personal especializado con el
mismo propósito; para el caso de roturas y/o deterioros de bienes escolares se
solicitará al alumno su efectiva intervención en reponer/limpiar/arreglar
dicho/s elemento/s. Siempre estas “acciones reparadoras” hacia los alumnos
serán con previa comunicación y acuerdo por parte de sus padres y/o tutores.
Mecanismo
Aplicación
Para el seguimiento de cada caso
se procederá de la siguiente forma:
EL CBC el docente y/o preceptor
involucrado junto con los tutores.
EL C.O: el docente involucrado
y/o preceptor con Asesor Pedagógico y Vicerrector/a
Toda situación problemática
debe quedar registrada por escrito.
Se procederá con las siguientes
instancias:
Primera Instancia: llamado de atención
oral, por parte del docente, y/o preceptor, y/o tutor, y/o directivo, que haya
constatado la “falta”.
Segunda Instancia: llamado de atención
escrito en cuaderno de comunicación, con Aviso de Citación a padres y/o tutor
de la “falta cometida”, emanado por docente
y/o preceptor, y/o tutor, y/o directivo.
Tercera Instancia: Citación Escrita a
padres por parte del docente y/o preceptor, y/o tutor, y/o directivo.
Confección de un Acta de Compromiso, y en caso de corresponder, acciones
reparatorias en función de la falta.
Cuarta Instancia: De producirse una nueva
“transgresión al AEC”, el Directivo a Cargo del Turno, citará a los padres y/o
tutores, confeccionándose una nueva “Acta de Compromiso” que resultará en
“jornadas de reflexión y acciones reparatorias por parte del involucrado”.
Siendo “garantes” de esta acuerdo el padre y/o tutor a cargo.
Quinta Instancia: De “persistir el
comportamiento no social”, el Rector y/ o Vicerrector citarán a los padres y/o
tutores del alumno, quiénes “tendrán el compromiso y la obligación” de
solicitar el “pase para otra institución escolar”. Confeccionando un acta al
efecto.
La primera, segunda y tercera instancia será de
aplicación cuando lo estime el docente y/o preceptor y/o tutor y/o directivo
involucrado, debiendo quedar en el legajo del alumno toda la “documental
escrita relacionada”. La cuarta instancia será responsabilidad del Directivo a
Cargo Escuela y la quinta del Rector y/Vicerrector, con similares cuidados
“respecto a la documental del caso”.
En todas las instancias en que se convoque a los padres
y/o tutores deberán fijarse en días y horarios en que se encuentre presente en
la Escuela “el responsable generador de la convocatoria”.
Obligaciones
de los alumnos.
Respetar a todos los miembros
de la comunidad educativa.
Mantener en clase una conducta
respetuosa para con el profesor y sus compañeros.
No usar teléfono celular en el
horario de clase, excepto previo acuerdo con fines educativos.
Informar a quien corresponda
cuando sea necesario retirarse del establecimiento.
Mantener las condiciones de
limpieza e higiene escolar y personal y el uso de una vestimenta adecuada al
lugar (no estarán permitidas: musculosas para varones, remeras transparentes
y/o muy escotadas, calzado de playa, no podrán usar gorras, ni capuchas dentro
del aula, el guardapolvo o uniforme será de uso obligatorio.
Traer diariamente
el cuaderno de comunicaciones.
Cuidar el edificio
escolar y todo el equipamiento que en él se encuentra.
Respetar los
horarios de entrada y salida del establecimiento escolar.
Respetar todos y
cada uno del os objetivos del presente AEC.
Derechos de los alumnos
Ser respetados
atendiendo a su dignidad como ser humano.
No recibir
agresiones físicas ni de otro tipo.
No ser discriminado
por ningún motivo.
Plantear ante las
autoridades los problemas que surjan de su actividad escolar y peticionar
individual o colectivamente.
Poder desarrollar
sin interferencia el proceso de enseñanza aprendizaje en un ambiente limpio y
acondicionado.
Ser escuchados,
solicitar ayuda para cuestiones escolares o personales.
Participar del
centro de estudiantes.
Peticionar procesos
de mediación para la resolución de conflictos entre pares y demás miembros de
la comunidad educativa.
Tomar mate o comer
durante los recreos o espacios libres y en clase o durante las actividades
escolares, previo acuerdo con el docente.
A tener un horario
fijo, a ser comunicados debidamente sobre cambios de horarios y respetarlos.
A una comunicación
fluida y eficaz.
ROL DEL PRECEPTOR
Si bien todos los actores de la comunidad educativa se
encuentran involucrados en el AEC, existe “actores claves en el monitoreo y
coordinación de las herramientas previstas” – LOS PRECEPTORES-, profesionales
que por su perfil y lugar estratégico interno en el entramado relacional de la
institución resultan fundamentales para difundir, acercar y facilitar estos
medios de convivencia y/o resolución conflictos. Tarea que por otra parte se
encuentra explícitamente enunciada en la Resolución 3375/04 CGE.
Los Preceptores cumplen roles fundamentales y dinámicos
en la Organización Escolar, ya que por su función docente, son los responsables
de establecer relaciones con los alumnos, los padres, y el establecimiento,
aportando a la “convivencia institucional”. Siendo prioritario que participen
activamente en la propuesta de organización y realización de las actividades
institucionales, que se responsabilicen directamente del cumplimiento del AEC,
orientando a los alumnos y padres en los deberes y derechos que regulan la
convivencia escolar.
ROL DE TUTOR
La Resol. 1527/09 CGE indica que la principal función de
los tutores “… es la propiciar lugares de intercambio y diálogo con los
alumnos, que permitan trabajar sobre temáticas y problemáticas que son
prioritarias en sus vidas, a fin de ayudarlos a abordar reflexiva y
críticamente los nuevos modelos sociales identitarios y las culturas juveniles,
favoreciendo condiciones de confiabilidad y contención…”. En tal sentido a los
tutores del Ciclo Básico, también, les cabrá el acompañamiento y la guía para
con los alumnos, en cuanto a inculcarles el sentido, propósitos y fundamentos
de los AEC, la función que les cabe hacia los derechos y obligaciones que debemos observar en la Escuela, la
importancia de que estos acuerdos sean cumplidos.
Asimismo como los tutores tejen “fuertes vínculos” con
los alumnos, preceptores, docentes, padres y otros actores escolares, razones
que les permite “construir una visión global”, necesaria para actuar en
cualquier circunstancia problemática de estas características.
Conductas transgresoras.
Se consideran
conductas transgresoras a las reglas de convivencia por parte de los alumnos:
Agresiones físicas,
gestuales, verbales o escritas a cualquiera de los integrantes de la comunidad
educativa.
Atacar, ofender o
agraviar los símbolos patrios y las instituciones democráticas.
Destruir o
deteriorar las instalaciones y material de la comunidad educativa (mobiliario,
equipos, afiches y elementos de la escuela).
Robar, hurtar
elementos de compañeros, de la escuela y de su personal.
Ingerir bebidas
alcohólicas, consumir drogas o cualquier otro tipo de sustancias tóxicas dentro
del establecimiento o de su perímetro cercano.
Portación de armas
de cualquier tipo, apuestas por dinero o de cualquier otra índole.
Falsificación de
documentación administrativa o pedagógica y firmas
Promover desordenes dentro del
establecimiento o en actividades escolares que se desarrollen fuera del
edificio escolar
Escribir el
material didáctico perteneciente a la escuela.
Fumar en cualquier
sector perteneciente al establecimiento en horario escolar.
Concurrir al establecimiento
con radios, reproductor de MP3,4º o cualquier otro elemento electrónico a
excepción de la Netbook del Plan Conectar Igualdad.
Propalar mediante el uso de
celulares, neetbook, sonidos/música a un “volumen elevado”, que interfieran
otras actividades escolares.
Retirarse de clase
o del establecimiento sin autorización.
Interferir el
normal desarrollo de las clases.
Insultar o promover
la diferencia de los turnos.
No respetar
diferencias, minorías, etc.
Consejo Escolar de Convivencia.
El CEC tiene como función
esencial la convivencia institucional. Estará integrado por miembros
permanentes (un representante del Equipo directivo, del cuerpo docente, del
cuerpo de preceptores, tutores y del alumnado) y miembros transitorios (padres)
quienes serán elegidos por sus pares. La renovación de dicho Consejo se
realizará al comienzo de cada año lectivo.
Funciones:
- Sistematizar las normas de
convivencia institucional a partir de asambleas aúlicas y/o de jornada de
convivencia.
- Intervenir asesorando
a las autoridades de la escuela en
situaciones que afectan la convivencia institucional en general y en
situaciones de conflicto en particular.
- Aportar diferentes
alternativas de sanciones que correspondieren ante transgresiones muy
graves, teniendo como referencia la gradualidad de las instancias
previstas en el AEC.
De la
Evaluación , Reajustes y Aprobación del AEC.
El mismo será
avaluado cada año lectivo y reformulado en función de las necesidades. Será
trabajado mediante asambleas con los diferentes actores de la Institución educativa
dado que consideramos que para respetarlo, es necesario conocerlo.
El AEC como sus
modificaciones deberá contar con la aprobación de la mayoría de los miembros de
la Institución
y del directivo de la misma, quien lo elevara luego a los supervisores del
nivel para su evaluación. Dicho AEC entrará en vigencia una vez que el dictamen
de Departamental de Escuelas así lo indique.